Servicio Militar

La Ley No. 75 del 21 de diciembre de 1994 ''De la Defensa Nacional'' establece en su artículo 64 que el cumplimiento del Servicio Militar constituye una de las vías principales que permite a los ciudadanos cubanos de ambos sexos cumplir con el honroso deber de servir con las armas a la patria, y comprende el Servicio Militar Activo y el de Reserva.

El DECRETO-LEY 224, regula la organización del Servicio Militar Activo y de Reserva que deben prestar los ciudadanos cubanos y las normas para su registro militar, incorporación, prestación y licenciamiento, así como las obligaciones al respecto de los órganos y organismos estatales, las entidades económicas e instituciones sociales y los ciudadanos.

Todos los ciudadanos cubanos del sexo masculino están obligados a cumplir el Servicio Militar en la forma y términos que se establecen en la Ley de la Defensa Nacional, en el Decreto-Ley 224 y en las demás disposiciones que se establezcan a ese efecto.